Marzo
23

Han sido un total de 56 familias las que han solicitado la moratoria en el pago de su hipoteca. Esta cifra resulta desconcertante ya que en España hay un total de 3.000.000 de parados. Si hay tantos parados que necesitan ayudas económicas, ¿por qué se han solicitado tan pocas ayudas? 

Quizás haya una parte de este segmento que no solicite la ayuda porque su deuda es mucho mayor y aún así, no podrían pagar la hipoteca.  

Cuando una persona y su banco se encuentran ante tal problema, ¿qué deberían hacer? ¿Debieron pensar las cosas dos veces antes de tener una deuda tan grande? 

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Marzo
18

Debido al incremento del paro, la morosidad seguirá en aumento a lo largo del año y del próximo año. Anteriormente, el crecimiento de los tipos de interés registrados durante los años 2007 y 2008 provocaron el incremento de la deuda en los hogares españoles. Pero ahora que se han registrado cambios en la evolución de los tipos de interés, el paro se ha convertido en la principal causa de morosidad. 

Por un lado, el riesgo de morosidad se traslada a los segmentos de desempleo. Sin embargo, la gente con estabilidad laboral, tendrá menor esfuerzo para pagar su vivienda debido a los tipos de interés.  

Las cajas son las más afectadas por la morosidad, debido a los impagos de sus clientes, especialmente los promotores inmobiliarios.

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Enero
9

La caída en picado que el Euribor empezó en septiembre se traslada ya a las hipotecas. Así, comienza el año trasladando estas bajadas de forma real. Con la publicación en el BOE y previa la confirmación del Banco de España sobre el valor de diciembre, los bancos empezaron a aplicar el 3,45% con que acabó en diciembre, casi un punto porcentual por debajo del valor marcado ese mismo mes en 2007. En el indicador del Euribor diario, la tasa se llegó a situar en el 2,995%, abandonando así el 3%, reflejando el valor más bajo desde marzo del 2006. Los nuevos tipos se están aplicando a sus productos, tanto hipotecas como depósitos, aunque no todos los bancos actúan de igual forma. Antes era habitual esperar al 15 de cada mes para que el Banco de España confirmara la media mensual con la que se prestan dinero los bancos de la zona euro a 12 meses y para que fuera efectiva, debía aparecer posteriormente en el BOE. Desde enero, este proceso se ha acelerado.  

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Diciembre
30

El préstamo hipotecario es en sí un contrato principal, el préstamo, acompañado de una de las garantías posibles: la vivienda.

Aunque la idea común al pensar en un préstamo es el de considerar como prestamista a una entidad de crédito, ya sea un banco o una caja de ahorros, lo cierto es que prestamista puede serlo cualquier persona, física o jurídica, se dedique habitualmente a ello o no. Pero en este fascículo nos referimos fundamentalmente a los préstamos concedidos por esas entidades de crédito.

El préstamo como contrato aparece regulado:

  • En el Código Civil (arts. 1740 y ss.), que distingue entre el préstamo de uso o comodato (en que una de las partes entrega a la otra una cosa no fungible para que la use por cierto tiempo y la devuelva) y el mutuo o simple préstamo (en que el objeto prestado es dinero u otra cosa fungible de manera que la obligación del que recibe es devolver otro tanto de la misma especie y calidad).

  • Y en el Código de Comercio, que partiendo del simple préstamo establece los dos requisitos que debe reunir para ser calificado como mercantil (art. 311): primero, que uno de los contratantes sea comerciante; y segundo, que las cosas prestadas se destinen al comercio.

Esta dualidad de regulación ha provocado un vivo debate sobre qué préstamos deben incluirse en una u otra categoría y sobre si tiene o no virtualidad esta duplicidad de regulación. Para complicar aún más el asunto, el Tribunal Supremo, en sentencia de 9 de mayo de 1944, sostuvo la tesis de que todos los préstamos bancarios son mercantiles aunque el destino del dinero no sea el comercio (y, por tanto, incumpliendo el segundo de los requisitos), dado que los contratos bancarios están incluidos en el Código de Comercio. En la práctica dicha tesis se ha extendido incluso a los préstamos concedidos por otras entidades, como las cajas de ahorros o las cooperativas de crédito, que no pueden incluirse en un sentido propio dentro de las entidades bancarias y cuya actividad no es estrictamente bancaria.

En el fondo, la discusión carece de mayor importancia, dado que la regulación de ambos Códigos es similar y que, en los préstamos obtenidos por los consumidores, la protección que a éstos proporcionan las leyes especiales es muy superior a la que pudiera resultar cualquiera que sea la solución adoptada.

Es, por tanto, el préstamo, un contrato en que una de las partes (prestamista) entrega a otra (prestatario) una cosa (por ejemplo, una cantidad de dinero) con la obligación de restituirlo pasado un plazo.

Fuente de información: Notariado

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Diciembre
18

El 90% de las hipotecas suscritas en España son a tipo variable; esta situación ha provocado que las constantes subidas que ha sufrido el euribor durante los últimos dos años afecte de una forma desmesurada a los clientes hipotecados y que, muchos de ellos tengan dificultades para llegar a fin de mes.

 Ahora, el euribor está bajando e Hipoteca Gratis lanza su hipoteca a tipo fijo. Contrariamente a la idea inicial de pensar que contratar este tipo de hipoteca no tiene ningún sentido ahora, ya que se están abaratando las cuotas de los hipotecados; la hipoteca fija tiene una serie de ventajas para animarse a contratarla: 

  • El cliente siempre va a pagar lo mismo.
  • El periodo de amortización de una hipoteca, de 20 a 30 años, es un periodo en el que se presuponen diferentes ciclos económicos con sus periodos de expansión  y sus periodos de recesión, por lo que estos ciclos no afectarán a la cuota.El tipo de interés contratado, al igual que sube, baja.
  • El euribor ha estado dos años escalando, ahora ha iniciado un periodo de descenso y probablemente, tarde o temprano volverá a subir.
  • Existen menos riesgos cuando se contrata una hipoteca a tipo fijo, por lo que el perfil crediticio del cliente es mejor. 

Ahora puede ser una buena opción plantearse la idea, consultar las condiciones de Hipoteca Gratis e informarse, la hipoteca a tipo fijo puede ser una solución para su bolsillo.

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Diciembre
16

El dinero que un cliente tiene solicitado con un banco o entidad financiera aparece en CIRBE.  

La CIRBE es una Base de Datos en la cual vuelcan las entidades financieras que se señalan en su página web [prácticamente todas] la información crediticia que tiene sobre un cliente.

 El BdE utiliza esto para sus controles de riesgos y estudios estadísticos, y por otro lado devuelve a cada entidad la información que las otras entidades le han suministrado sobre sus clientes, siempre y cuando se supere la cifra de 6.000 euros de riesgo vivo directo o 60.000 como avalista.

 Visualizando los datos del solicitante en CIRBE se puede conocer muchos datos sobre la situación financiera del cliente:

 1. Qué clase de riesgo tiene (préstamos, descuento comercial, avales)

2. Plazos aproximados y garantías (personales o reales)3. Si esos créditos están en dudoso (retraso de más de tres meses) o en situación normal. 

Sin embargo CIRBE no muestra con qué entidad tiene contratado el producto ni las condiciones financieras.

Información General

 El Banco de España gestiona desde 1962 la Central de Información de Riesgos, cuyo principal objetivo es facilitar a las entidades declarantes (entidades de crédito y otros) los datos necesarios para el mejor análisis de sus riesgos de crédito. Asimismo, la CIRBE permite al Banco de España obtener datos globales sobre los créditos concedidos por las entidades, con lo que facilita el adecuado ejercicio de sus competencias de supervisión bancaria.

 Con carácter general, se consideran declarables los riesgos directos con titulares residentes cuyo importe sea igual o superior a los 6.000 € en el conjunto de negocios en España o a 60.000 € en cualquier otro país. Respecto a no residentes, resulta obligatorio declarar a partir de 300.000 €. 

En diciembre de 2007 había más de 33,5 millones de riesgos directos e indirectos (por garantías de riesgos directos) declarados a la CIRBE, por importe de 3,61 billones de euros, correspondientes a más de 17,6 millones de titulares. El 94% de estos eran personas físicas residentes en España Acceso a la Información

 Cualquier Entidad declarante a la CIRBE recibe mensualmente la información agregada de todo el sistema del riesgo de las personas físicas y jurídicas declarados por ella (titulares), y puede acceder a una información similar de los titulares para los que no haya declarado riesgos a la CIRBE, siempre, en este último caso, que éstos le hayan solicitado una operación de riesgo o figuren como obligados al pago o garantes en documentos cambiarios o de crédito cuya adquisición o negociación le haya sido solicitada a la entidad.

 Asimismo, cualquier Titular, persona física o jurídica, podrá solicitar los datos declarados en la CIRBE a su nombre, para lo cual deberá identificarse fehacientemente, tanto si solicita la información en persona como si la solicitud se realiza por correo, cumpliendo en cada uno de estos casos, los siguientes requisitos:  

En persona: Presentando el DNI, NIE, CIF, pasaporte u otro documento válido que identifique al titular. En el caso de personas jurídicas, el peticionario tendrá que presentar además algún documento válido que le identifique a él y el poder u otro documento público que acredite, a juicio de la CIR, su derecho a obtener la información (para agilizar la tramitación de la solicitud se aportará siempre una fotocopia de ese poder, que quedará en esta Centra de Informacion de Riesgos para su registro y archivo).

 El Informe de Riesgos se puede solicitar en cualquier sucursal del Banco de España y será entregado en el momento siempre que sea posible; si la entrega no puede ser inmediata el informe se podrá remitir al interesado por correo certificado.  Por correo: Enviando por carta, una solicitud debidamente firmada, dirigida la Central de Información de Riesgos del Banco de España, C/Alcalá 48, 28014 MADRID, con la siguiente documentación:  

Personas Físicas: adjuntarán una fotocopia por ambas caras de su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que les acredite suficientemente ante la CIR y comunicarán su domicilio particular completo, para el envío de la información por correo certificado.  

Personas Jurídicas: adjuntarán una copia por ambas caras del CIF u otro documento válido que identifique al titular; copia por ambas caras del DNI, NIE u otro documento válido que identifique al representante del titular. Asimismo habrá de enviarse, por una sola vez mientras esté en vigor, una copia del poder o documento acreditativo de la representación, y comunicar en sucesivas solicitudes, los siguientes datos del apoderamiento enviado: Notaría, nº de protocolo, localidad y fecha del mismo. Fuentes: Hipoteca Gratis y Banco de España

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Diciembre
15

Sinceramente, no sé que pensar sobre las hipotecas multidivisa, mientras hay mucha gente que se beneficia de ellas, de hecho si no fuera así supongo que no existiría; hay otro gran grupo de gente que las señala apuntando lo peligrosas que pueden resultar. He aquí un artículo que advierte de sus posibles consecuencias dañinas.  

Sin duda, creo que el punto a destacar en este tipo de hipotecas es el conocimiento; lo comparo con la inversión en bolsa, personalmente no invertiría puesto que no conozco en profundidad cómo funciona, cuánto puedo ganar, cuánto puedo perder y otros factores que, igual que en las hipotecas multidivisa, pueden influir en mi patrimonio; por lo que, como siempre, dependerá de la solvencia económica del cliente y sobre todo de sus conocimientos financieros.

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Diciembre
5

Bueno, observo ahora muchas preguntas de los hipotecados que en los últimos meses se han decantado por una hipoteca fija. Y ahora que los tipos de interés están bajando se preguntan sin tomaron la mejor decisión. Mi respuesta, subjetiva por supuesto, es sí. 

Muchas personas con hipoteca variable han sufrido mucho durante estos tres últimos años. Les han subido las cuotas constantemente y el esfuerzo económico que han tenido que hacer para pagar las cuotas ha sido muy importante. De hecho, la morosidad está alcanzando cotas muy altas y aún se espera que sigan subiendo.  

La decisión de comprar la casa con una hipoteca fija, la considero muy razonable, sobre todo para aquellas personas precabidas y que no tienen ganas de sobresaltos. Una hipoteca fija hace que sepas siempre lo que vas a pagar al mes siguiente, el año siguiente, diez años después… etc. la verdad, que en momentos de recesión creo que es lo más indicado. 

Además, los tipos de interés suben y bajan y debemos aprender de esto. Igual que han subido, y ahora están bajando, volverán a subir, es un ciclo y no se puede predecir que pasará en el futuro.  

Para aquellos que tenéis una hipoteca fija, no os alarméis ya que ha sido una buena decisión sopesando estabilidad vs. Rentabilidad. Y este último es un factor que puede materializarse o no; sin embargo la estabilidad estará ahí siempre.

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Diciembre
4

Vayamos por partes, el euribor ha bajado, eso es evidente es la noticia estrella y es una muy buena noticia. Pero esto no significa que todas las hipotecas que se revisan en diciembre se abaraten, por dos motivos: 

El euribor que se toma como referencia es el último publicado en el BOE, hasta que no se publique en el BOE este tipo de interés no es oficial y por lo tanto no se tendrá en cuenta. Esto sucede a mediados de mes, por lo que se beneficiarán las hipotecas que se revisen a partir del 15-20 de diciembre, sin embargo las que se revisen antes tomarán como referencia el euribor de noviembre y por lo tanto, verán aumentadas sus cuotas. 

Por otro lado, según la hipoteca y lo que se plantee en las escrituras de la misma hay hipotecas que se revisan bajo el euribor de un determinado mes. Es decir, aunque la hipoteca se revise el 23 de diciembre es posible que en las escrituras ponga que se revisa bajo el euribor de noviembre. Por lo que ocurre lo mismo, la cuota se encarecería. 

Todos aquellos que reviséis hipoteca en diciembre observar esta información con detenimiento, ya que es posible que esperéis una rebaja, ocurra lo contrario y os llevéis un chasco grande.

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Diciembre
3

Ya hablamos hace poco de qué es el diferencial que aplica el banco para formar el interés de la hipoteca, el cual sería el tipo de interés, llámese euribor, libor, MIBOR, irph, o ceca más el diferencial. 

Las entidades financieras suelen ofrecer productos financieros vinculantes para obtener más beneficio económico a través de otros productos, ofreciendo a cambio al cliente disminuciones en el diferencial aplicado en el tipo de interés. 

Hay que tener mucho cuidado, pues hay productos que en sí no suponen ningún gasto, tal como domiciliar la nómina, sin embargo es importante que el cliente no se venda fácilmente y negocie más a fondo para conseguir mayores beneficios por domiciliar la nómina en la entidad en la que nos encontramos. 

Asimismo, hay otros productos que si suponen un coste y hay que calcular si compensa pagar ese producto a cambio de reducir el diferencial cinco centésimas. Posiblemente esas cinco centésimas supongan no más de 50€ al año, y sin embargo el producto digamos un plan de pensiones, seguramente saldrá más caro. Asimismo, hay que estudiar si realmente lo necesitamos, es decir, a lo mejor sí que lo necesitamos realmente y de hecho estábamos pensando en contratarlo y ahora aparece la oportunidad y además con un refuerzo de la disminución del diferencial aplicado en el tipo de interés. 

Lo que recomiendo es que miréis con lupa todos los productos que contratéis en la contratación de vuestra hipoteca, es mejor callarse y no presumir de tipo de interés, que hemos repetido en muchas ocasiones que no es lo más importante, y presumir de un ahorro REAL.

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