El Fondo de Garantía de Depósitos
Ahora que tanto se habla de la crisis y los clientes se estremecen pensando en la posiblidad de que su banco quiebre y pierdan todos sus ahorros, a través del blog queremos plasmar la información sobre lo qué es el fondo de garantía de depósitos, que ha sido muy comentado últimamente debido a que hasta hace poco sólo cubría hasta 20.000€ y se ha ampliado para alcanzar la cantidad de 100.000€ por titular y entidad financiera. A continuación damos todos los detalles sobre el Fondo de Garantía de Depósitos:
El Fondo de Garantía de Depósitos tiene el objetivo de reforzar la solvencia de una entidad que se encuentra en dificultades y defender a sus clientes para que puedan recuperar sus ahorros o parte de ellos. Generalmente el Fondo de Garantía actúa cuando hay una quiebra o impago en los depósitos vencidos.
Todas las entidades registradas en el Banco de España están adheridas al Fondo de Garantía y su patrimonio se nutre de sus aportaciones.
Antes la cantidad que garantizaba este fondo ascendía a los 20.000€, en la actualidad, debido al el entorno y la gravedad de la crisis se ha modificado las bases de la misma y están garantizados hasta 100.000€
Si una entidad bancaria tiene problemas y por ende, el dinero de sus clientes peligra, las aportaciones cubrirán la cantidad de 100.000€ por titular de cuenta o depósito.
Si el cliente tiene varias cuentas en una misma entidad, el fondo de Garantía de Depósitos le cubrirá hasta 100.000 euros en total, sin embargo si posee varios titulares cubrirá la cantidad por titular.
Si el cliente tiene varias cuentas en diferentes entidades, cada una de las entidades con las que tiene contratado una cuenta de ahorro o de depósito debe garantizarle la cantidad de 100.000€
El dinero se devuelve al titular de las cuentas o depósitos durante los tres meses posteriores a la quiebra, aunque el periodo puede ampliarse con el permiso del Banco de España.
Si el titular tiene más de 100.000 euros en sus cuentas o depósitos, continuará como acreedor de la entidad por el dinero no recuperado.
El fondo de Garantía no cubre el dinero invertido en sociedades de Bolsa, aseguradoras, sociedades de cartera, certificados de depósito, etc.