Diciembre
30

El préstamo hipotecario es en sí un contrato principal, el préstamo, acompañado de una de las garantías posibles: la vivienda.

Aunque la idea común al pensar en un préstamo es el de considerar como prestamista a una entidad de crédito, ya sea un banco o una caja de ahorros, lo cierto es que prestamista puede serlo cualquier persona, física o jurídica, se dedique habitualmente a ello o no. Pero en este fascículo nos referimos fundamentalmente a los préstamos concedidos por esas entidades de crédito.

El préstamo como contrato aparece regulado:

  • En el Código Civil (arts. 1740 y ss.), que distingue entre el préstamo de uso o comodato (en que una de las partes entrega a la otra una cosa no fungible para que la use por cierto tiempo y la devuelva) y el mutuo o simple préstamo (en que el objeto prestado es dinero u otra cosa fungible de manera que la obligación del que recibe es devolver otro tanto de la misma especie y calidad).

  • Y en el Código de Comercio, que partiendo del simple préstamo establece los dos requisitos que debe reunir para ser calificado como mercantil (art. 311): primero, que uno de los contratantes sea comerciante; y segundo, que las cosas prestadas se destinen al comercio.

Esta dualidad de regulación ha provocado un vivo debate sobre qué préstamos deben incluirse en una u otra categoría y sobre si tiene o no virtualidad esta duplicidad de regulación. Para complicar aún más el asunto, el Tribunal Supremo, en sentencia de 9 de mayo de 1944, sostuvo la tesis de que todos los préstamos bancarios son mercantiles aunque el destino del dinero no sea el comercio (y, por tanto, incumpliendo el segundo de los requisitos), dado que los contratos bancarios están incluidos en el Código de Comercio. En la práctica dicha tesis se ha extendido incluso a los préstamos concedidos por otras entidades, como las cajas de ahorros o las cooperativas de crédito, que no pueden incluirse en un sentido propio dentro de las entidades bancarias y cuya actividad no es estrictamente bancaria.

En el fondo, la discusión carece de mayor importancia, dado que la regulación de ambos Códigos es similar y que, en los préstamos obtenidos por los consumidores, la protección que a éstos proporcionan las leyes especiales es muy superior a la que pudiera resultar cualquiera que sea la solución adoptada.

Es, por tanto, el préstamo, un contrato en que una de las partes (prestamista) entrega a otra (prestatario) una cosa (por ejemplo, una cantidad de dinero) con la obligación de restituirlo pasado un plazo.

Fuente de información: Notariado

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Diciembre
29

Hola debo tres meses de cuota de hipoteca y el banco no quiere negociar ya e ido muchas veces hablar con el director además a mi marido solo le pagan la nomina ya que antes podía pagarlo y de echo es el piso de mi suegra el que esta hipotecado que puedo hacer?

 Buenas, no entiendo bien la situación que nos explicas, si puedes darnos más detalles podremos ayudarte mejor. 

Sin embargo, por lo que comentas, no creo que exista una solución muy favorable ya que a la tercera cuota impagada el banco comienza las gestiones de embargo. La solución podría haber sido refinanciar la hipoteca, cuanto antes la lleves a cabo mejor, ya que a  medida que se complica la situación, los intereses que se te aplican aumentan. Si puedes, llama al equipo de asesores de Hipoteca Gratis e infórmate mejor de las opciones que tienes.

4
Diciembre
19

Desde ayer, todos los contribuyentes con rentas inferiores a 33.000 euros anuales que tengan contratadas hipotecas pueden solicitar una menor retención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se trata de una de las medidas económicas incluidas por el Gobierno en el último Real Decreto para hacer frente a la crisis.

 En concreto, estos contribuyentes se pueden beneficiar de dos puntos menos en la retención del impuesto en sus nóminas. Para ello deberán comunicárselo antes a su pagador.

 La Agencia Tributaria informó de que la actualización del modelo 145 de comunicación de datos al pagador para el cálculo de las retenciones sobre el rendimiento del trabajo relativo a la próxima declaración de la renta está disponible ya en su página web.  

A través de este modelo de comunicación al pagador, el contribuyente podrá incluir desde ahora mismo el pago de hipoteca por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con financiación ajena. Esto permite una bajada de dos puntos en las retenciones del IRPF para aquellas rentas de hasta 33.000 euros anuales.  

El Ejecutivo incluyó esta medida en el último paquete anticrisis aprobado. Hacienda precisó que la actualización de esta comunicación se puede hacer en cualquier momento a partir de la contratación de la hipoteca.  Simulador de la declaración

En la web de la Agencia Tributaria ya está disponible, sin necesidad de firma electrónica, el simulador de la declaración del IRPF para el ejercicio 2008. De esta forma, el contribuyente puede conocer el resultado de la misma. Hacienda dice que con esta iniciativa “se facilita la adopción de decisiones de relevancia fiscal antes de acabar el año”.  

El usuario debe incorporar en el simulador sus datos sobre rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario, rendimiento de actividades económicas, ganancias o pérdidas patrimoniales, reducciones y deducciones, retenciones y otros pagos a cuenta.  

La Agencia recuerda que el resultado de la hipotética declaración que proporciona el simulador no tiene ninguna validez jurídica. “Se trata de un elemento de ayuda para quien quiera planificar o conocer con antelación cuál podría ser la cuota a ingresar o a devolver en su declaración del Impuesto sobre la Renta“, precisa.

Fuente: consumer

2
Diciembre
18

El 90% de las hipotecas suscritas en España son a tipo variable; esta situación ha provocado que las constantes subidas que ha sufrido el euribor durante los últimos dos años afecte de una forma desmesurada a los clientes hipotecados y que, muchos de ellos tengan dificultades para llegar a fin de mes.

 Ahora, el euribor está bajando e Hipoteca Gratis lanza su hipoteca a tipo fijo. Contrariamente a la idea inicial de pensar que contratar este tipo de hipoteca no tiene ningún sentido ahora, ya que se están abaratando las cuotas de los hipotecados; la hipoteca fija tiene una serie de ventajas para animarse a contratarla: 

  • El cliente siempre va a pagar lo mismo.
  • El periodo de amortización de una hipoteca, de 20 a 30 años, es un periodo en el que se presuponen diferentes ciclos económicos con sus periodos de expansión  y sus periodos de recesión, por lo que estos ciclos no afectarán a la cuota.El tipo de interés contratado, al igual que sube, baja.
  • El euribor ha estado dos años escalando, ahora ha iniciado un periodo de descenso y probablemente, tarde o temprano volverá a subir.
  • Existen menos riesgos cuando se contrata una hipoteca a tipo fijo, por lo que el perfil crediticio del cliente es mejor. 

Ahora puede ser una buena opción plantearse la idea, consultar las condiciones de Hipoteca Gratis e informarse, la hipoteca a tipo fijo puede ser una solución para su bolsillo.

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Diciembre
17

Hipoteca Gratis lanzó el pasado 3 de Diciembre una campaña comercial en la que regala una pata de jamón  a todos los clientes que firmen una hipoteca o reunificación de préstamos durante el mes de Diciembre. 

La campaña se lanza con motivo del estancamiento de las familias españolas que, en plena crisis financiera, necesitan ayuda económica para solucionar problemas de impagos, de dificultades económicas o simplemente, su banco les deniega una operación que habría sido aprobada fácilmente hace tan sólo un par de meses. 

Hipoteca Gratis pretende llegar a más clientes con esta campaña y así promocionar sus productos financieros; así como regalar un manjar al paladar de todas aquellas personas que firmen su operación hipotecaria con la intermediaria financiera. 

Los primeros jamones ya se han enviado, que lo disfruten sus destinatarios.

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Diciembre
16

El dinero que un cliente tiene solicitado con un banco o entidad financiera aparece en CIRBE.  

La CIRBE es una Base de Datos en la cual vuelcan las entidades financieras que se señalan en su página web [prácticamente todas] la información crediticia que tiene sobre un cliente.

 El BdE utiliza esto para sus controles de riesgos y estudios estadísticos, y por otro lado devuelve a cada entidad la información que las otras entidades le han suministrado sobre sus clientes, siempre y cuando se supere la cifra de 6.000 euros de riesgo vivo directo o 60.000 como avalista.

 Visualizando los datos del solicitante en CIRBE se puede conocer muchos datos sobre la situación financiera del cliente:

 1. Qué clase de riesgo tiene (préstamos, descuento comercial, avales)

2. Plazos aproximados y garantías (personales o reales)3. Si esos créditos están en dudoso (retraso de más de tres meses) o en situación normal. 

Sin embargo CIRBE no muestra con qué entidad tiene contratado el producto ni las condiciones financieras.

Información General

 El Banco de España gestiona desde 1962 la Central de Información de Riesgos, cuyo principal objetivo es facilitar a las entidades declarantes (entidades de crédito y otros) los datos necesarios para el mejor análisis de sus riesgos de crédito. Asimismo, la CIRBE permite al Banco de España obtener datos globales sobre los créditos concedidos por las entidades, con lo que facilita el adecuado ejercicio de sus competencias de supervisión bancaria.

 Con carácter general, se consideran declarables los riesgos directos con titulares residentes cuyo importe sea igual o superior a los 6.000 € en el conjunto de negocios en España o a 60.000 € en cualquier otro país. Respecto a no residentes, resulta obligatorio declarar a partir de 300.000 €. 

En diciembre de 2007 había más de 33,5 millones de riesgos directos e indirectos (por garantías de riesgos directos) declarados a la CIRBE, por importe de 3,61 billones de euros, correspondientes a más de 17,6 millones de titulares. El 94% de estos eran personas físicas residentes en España Acceso a la Información

 Cualquier Entidad declarante a la CIRBE recibe mensualmente la información agregada de todo el sistema del riesgo de las personas físicas y jurídicas declarados por ella (titulares), y puede acceder a una información similar de los titulares para los que no haya declarado riesgos a la CIRBE, siempre, en este último caso, que éstos le hayan solicitado una operación de riesgo o figuren como obligados al pago o garantes en documentos cambiarios o de crédito cuya adquisición o negociación le haya sido solicitada a la entidad.

 Asimismo, cualquier Titular, persona física o jurídica, podrá solicitar los datos declarados en la CIRBE a su nombre, para lo cual deberá identificarse fehacientemente, tanto si solicita la información en persona como si la solicitud se realiza por correo, cumpliendo en cada uno de estos casos, los siguientes requisitos:  

En persona: Presentando el DNI, NIE, CIF, pasaporte u otro documento válido que identifique al titular. En el caso de personas jurídicas, el peticionario tendrá que presentar además algún documento válido que le identifique a él y el poder u otro documento público que acredite, a juicio de la CIR, su derecho a obtener la información (para agilizar la tramitación de la solicitud se aportará siempre una fotocopia de ese poder, que quedará en esta Centra de Informacion de Riesgos para su registro y archivo).

 El Informe de Riesgos se puede solicitar en cualquier sucursal del Banco de España y será entregado en el momento siempre que sea posible; si la entrega no puede ser inmediata el informe se podrá remitir al interesado por correo certificado.  Por correo: Enviando por carta, una solicitud debidamente firmada, dirigida la Central de Información de Riesgos del Banco de España, C/Alcalá 48, 28014 MADRID, con la siguiente documentación:  

Personas Físicas: adjuntarán una fotocopia por ambas caras de su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que les acredite suficientemente ante la CIR y comunicarán su domicilio particular completo, para el envío de la información por correo certificado.  

Personas Jurídicas: adjuntarán una copia por ambas caras del CIF u otro documento válido que identifique al titular; copia por ambas caras del DNI, NIE u otro documento válido que identifique al representante del titular. Asimismo habrá de enviarse, por una sola vez mientras esté en vigor, una copia del poder o documento acreditativo de la representación, y comunicar en sucesivas solicitudes, los siguientes datos del apoderamiento enviado: Notaría, nº de protocolo, localidad y fecha del mismo. Fuentes: Hipoteca Gratis y Banco de España

Otras páginas de interés:Aire acondicionadoCalentadoresRenting

3
Diciembre
15

Sinceramente, no sé que pensar sobre las hipotecas multidivisa, mientras hay mucha gente que se beneficia de ellas, de hecho si no fuera así supongo que no existiría; hay otro gran grupo de gente que las señala apuntando lo peligrosas que pueden resultar. He aquí un artículo que advierte de sus posibles consecuencias dañinas.  

Sin duda, creo que el punto a destacar en este tipo de hipotecas es el conocimiento; lo comparo con la inversión en bolsa, personalmente no invertiría puesto que no conozco en profundidad cómo funciona, cuánto puedo ganar, cuánto puedo perder y otros factores que, igual que en las hipotecas multidivisa, pueden influir en mi patrimonio; por lo que, como siempre, dependerá de la solvencia económica del cliente y sobre todo de sus conocimientos financieros.

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Diciembre
5

Bueno, observo ahora muchas preguntas de los hipotecados que en los últimos meses se han decantado por una hipoteca fija. Y ahora que los tipos de interés están bajando se preguntan sin tomaron la mejor decisión. Mi respuesta, subjetiva por supuesto, es sí. 

Muchas personas con hipoteca variable han sufrido mucho durante estos tres últimos años. Les han subido las cuotas constantemente y el esfuerzo económico que han tenido que hacer para pagar las cuotas ha sido muy importante. De hecho, la morosidad está alcanzando cotas muy altas y aún se espera que sigan subiendo.  

La decisión de comprar la casa con una hipoteca fija, la considero muy razonable, sobre todo para aquellas personas precabidas y que no tienen ganas de sobresaltos. Una hipoteca fija hace que sepas siempre lo que vas a pagar al mes siguiente, el año siguiente, diez años después… etc. la verdad, que en momentos de recesión creo que es lo más indicado. 

Además, los tipos de interés suben y bajan y debemos aprender de esto. Igual que han subido, y ahora están bajando, volverán a subir, es un ciclo y no se puede predecir que pasará en el futuro.  

Para aquellos que tenéis una hipoteca fija, no os alarméis ya que ha sido una buena decisión sopesando estabilidad vs. Rentabilidad. Y este último es un factor que puede materializarse o no; sin embargo la estabilidad estará ahí siempre.

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Diciembre
3

Ya hablamos hace poco de qué es el diferencial que aplica el banco para formar el interés de la hipoteca, el cual sería el tipo de interés, llámese euribor, libor, MIBOR, irph, o ceca más el diferencial. 

Las entidades financieras suelen ofrecer productos financieros vinculantes para obtener más beneficio económico a través de otros productos, ofreciendo a cambio al cliente disminuciones en el diferencial aplicado en el tipo de interés. 

Hay que tener mucho cuidado, pues hay productos que en sí no suponen ningún gasto, tal como domiciliar la nómina, sin embargo es importante que el cliente no se venda fácilmente y negocie más a fondo para conseguir mayores beneficios por domiciliar la nómina en la entidad en la que nos encontramos. 

Asimismo, hay otros productos que si suponen un coste y hay que calcular si compensa pagar ese producto a cambio de reducir el diferencial cinco centésimas. Posiblemente esas cinco centésimas supongan no más de 50€ al año, y sin embargo el producto digamos un plan de pensiones, seguramente saldrá más caro. Asimismo, hay que estudiar si realmente lo necesitamos, es decir, a lo mejor sí que lo necesitamos realmente y de hecho estábamos pensando en contratarlo y ahora aparece la oportunidad y además con un refuerzo de la disminución del diferencial aplicado en el tipo de interés. 

Lo que recomiendo es que miréis con lupa todos los productos que contratéis en la contratación de vuestra hipoteca, es mejor callarse y no presumir de tipo de interés, que hemos repetido en muchas ocasiones que no es lo más importante, y presumir de un ahorro REAL.

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Noviembre
28

Existen todo tipo de razones por las qué es bueno refinanciar. A continuación te explicaremos las razones más comunes y algunos consejos sobre cuestiones que deberías considerar a la hora de pensar en refinanciar tu hipoteca. . 

Refinanciación para disminuir los pagos mensuales

 ¿Quién no quisiera disminuir sus pagos? Sin embargo, lo primero que tiene que plantearse el cliente es si el ahorro mensual de los pagos justifica el costo del préstamo.

 Es decir, si el diferencial y las condiciones nuevas que se le adjudican en el nuevo préstamo le ahorran una cantidad que cubren los gastos repercutidos por la refinanciación y además al cabo de los años le permiten ahorrar dinero, le compensa refinanciar. Asimismo, tendrá que hacer cálculos sobre el importe total que devolverá al banco una vez que finalice el préstamo. Sin embargo, en la vida diaria nos topamos con situaciones que “estropean” este cálculo, ya que es posible que se venda y cambie de casa antes de que finalice la hipoteca.  

Mantener o vender la casa es un tema que repercute directamente en la refinanciación, ya que si se está planteando venderla, es ideal refinanciar la vivienda, ahorrarse dinero todos los meses y además venderla obteniendo posibles beneficios y deshacerse de una hipoteca que incluso refinanciada, a largo plazo no le resulta rentable.  

Asimismo si la idea es quedarse con la casa, la refinanciación hay que estudiarla con más detenimiento porque realmente el nuevo préstamo te afectará durante toda la vida del mismo y es posible que compense a corto plazo pero que a largo plazo se estén pagando más intereses por el aumento de años en el préstamo hipotecario, por ejemplo. Es vital que al hacer una refinanciación se mejoren condiciones y no sólo se alargue el plazo del préstamo.

 Se puede refinanciar para cambiar a una hipoteca fija. Es ideal hacerlo cuando los tipos de interés están bajos, ya que el interés fijado por la entidad será más bajo. Es posible que no interese porque paga un poco más, pero si lo que busca es seguridad en sus pagos y  no quiere volver a pasar lo que ha vivido estos últimos años con las constantes subidas del euribor, esta es posiblemente, el tranquilizante que necesitaba.  

Por otro lado, también se puede refinanciar y cambiar a una hipoteca variable. Si resulta que contrató su hipoteca fija hace poco, cuando los tipos de interés estaban altos y ahora observa que bajan y que estás pagando un precio excesivo por tu hipoteca, cambia la hipoteca a tipo variable para beneficiarte de un interés más bajo.

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